TÍTULO SEGUNDO: DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO

CAPÍTULO VIII - DEL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS Y DE LA EVALUACIÓN DEL TRABAJO DE APRENDIZAJE

ARTÍCULO 75o.:

La prueba de validación es un examen escrito, el cual podrá tener un componente de sustentación según las competencias que se deben evaluar. El examen será elaborado y evaluado por dos (2) docentes, designados por el Director de Programa, Escuela o Jefe de Departamento, todos ellos conocedores de la materia que se examina. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

PARÁGRAFO 1:

Los programas académicos programarán las validaciones hasta la cuarta semana de clases; los estudiantes deberán solicitarlas en la primera semana de clases. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

ARTÍCULO 76o.:

La prueba de validación versará sobre todo el contenido de la asignatura, según el programa oficial de la misma en el momento de realizarse y sera entregada por el director del programa o quien este ddesigne al estudiante. La prueba se considera aprobada con una nota igual o superior a tres coma cero (3,0). La calificación definitiva de la prueba de validación es inapelable. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

PARÁGRAFO 1:

La nota correspondiente a la prueba de validación se anotará en el período en el que el estudiante la presente y se tendrá en cuenta para el cálculo del promedio de la carrera. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

PARÁGRAFO 2:

La prueba de validación no presentada sin justa causa, ni cancelada por el estudiante durante las dos (2) semanas siguientes a la de la inscripción de la validación, será calificada con cero coma cero (0,0), salvo casos de fuerza mayor. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

ARTÍCULO 77o.:

Las asignaturas prácticas no admiten pruebas de validación. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

Las pruebas de validación sobre una asignatura teórico-práctica solo se podrán realizar si la asignatura se cursó y reprobó con una nota igual o superior a dos coma cero (2,0). MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

PARÁGRAFO 1:

Los Consejos de Facultad, determinarán el carácter de práctica, teórica o teórico-práctica de cada una de las asignaturas del plan de estudio, de no hacerlo se considerarán teóricas. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

PARÁGRAFO 2:

El estudiante que pierda una asignatura Teórico-Práctica en dos ocasiones con nota inferior a dos coma cero (2,0) irá a semestre de Transición conforme a las reglas de esta especial condición y si la perdiere por tercera vez queda fuera un semestre pudiendo reingresar nuevamente a transición. Si la perdiere de nuevo quedará fuera del respectivo programa en forma definitiva. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

PARÁGRAFO 3:

Cuando la asignatura Teórico-Práctica tuviere nota cualitativa, se aplicarán las reglas de la asignatura Teórica. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

PARÁGRAFO 4:

El estudiante que pierda una asignatura Teórico- Práctica en dos oportunidades con nota igual o superior a 2.0, valide y pierda, deberá matricularla por tercera vez e ingresará a semestre de Transición. ADICIONADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

PARÁGRAFO 5:

Las asignaturas electivas se pueden validar. Cuando se pierda una asignatura electiva, se vuelve obligatoria siempre y cuando se ofrezca regularmente, en caso contrario, el estudiante podrá escoger otra electiva. ADICIONADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

ARTÍCULO 77B.:

Prueba de habilitación. Es aquella que se realiza sobre el contenido de la asignatura, cuando la nota final es igual o mayor a dos punto cinco (2.5) e inferior a tres punto cero (3.0). ADICIONADO MEDIANTE ACUERDO No. 5 DEL 06 DE FEBRERO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTICULOS 70,74,75,76 Y 77 DEL ACUERDO 28 DE 2003, REGLAMENTO ESTUDIANTIL

PARÁGRAFO 1:

La prueba de habilitación se raliza en los períodos señalados por el calendario académico, al final de cada periodo lectivo. Es renunciable, pero no aplazable, salvo los casos de fuerza mayor que serán resueltos por el Decano de la Facultad que administra la asignatura.

PARÁGRAFO 2:

Los Consejos de Facultad, previa recomendación del Comité Curricular, determinarán las asignaturas objeto de prueba de habilitación y aquellas que por razones académicas o de índole práctico no sean habilitables.

PARÁGRAFO 3:

La prueba de hablitación se considerará aprobada con nota de tres punto cero (3.0) o superior y esta nota constituirá la calificación definitiva de la asignatura.

PARÁGRAFO 4:

La nota final de la asignatura será la resultante del examen de habilitación si ésta es superior de la obtenida al finalizar el curso.

PARÁGRAFO 5:

En cada período lectivo el estudiante podrá presentar pruebas de habilitación, por una sola vez, de aquellas asignaturas que pierda y que puedan ser objeto de esta prueba.

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